jueves, 29 de diciembre de 2011

¡Mi primer currículum! - El retolno.

Hace unos días, declaraba mi asombro por haber recibido mi primera demanda de empleo.
Se puede consultar en Mi primer curriculum

Como decía, el famoso mensaje me llego incompleto pero, poco tiempo después, recibí en PDF el C.V. completo de la persona solicitante.

Ante todo manifestar mi enorme respeto a dicha persona. Yo he mandado muchos C.V. y por tanto me pongo en su pellejo. No obstante, creo que candidaturas espontáneas pocas o ninguna. Y haciendo las cosas rematadamente mal, como esta persona, jamás.

¿Cómo consiguió esta persona mi dirección de correo? Pues, siempre según su C.V., trabajando como teleoperadora para la campaña X de la empresa Y.

La empresa Y, en la cual obran mis datos, entiendo que los comunicó a la empresa Z para una campaña de telemarketing, etcétera, etcétera. Hasta ahí todo perfectamente legal.

El caso es que esta persona, mientras trabajaba para la empresa Z, tuvo acceso legítimamente a un listado de nombres y direcciones de correo para realizar dicha campaña. Lo que no fue legítimo fue apropiarse de dicho listado para realizar un mailing.
Obviamente yo en ningún momento he dado consentimiento para que mis datos sean utilizados por terceras personas para fines distintos a los previstos, etcétera, etcétera, etcétera. Es la ley 15/1999 de protección de datos.

Naturalmente, la responsabilidad es de la empresa Z que fue quién realizó el tratamiento.
Sin embargo Z no cedió mis datos a nadie sino que alguien, traicionando la buena fe contractual, se apropió de dichos datos sin consentimiento de la empresa Z.
Salvo que Z hubiera sido negligente en la conservación de los datos, es claro que la única persona responsable es la que, por su cuenta y riesgo dispuso de dichos datos sin estar autorizada para ello.

Somos humanos, es Navidad y esta persona no tuvo ninguna intención de hacer daño. La vida es dura y simplemente quiso aumentar sus posibilidades de empleo. No seré yo quién vaya a hacerle daño por eso.
Pero, no olvidemos, que cualquier destinatario de ese mailing, puede haber promovido una denuncia contra esa persona y tendría que responder de la infracción cometida.

Y es una infracción grave, con multa de 40.001 hasta 300.000 euros. En este caso, al tratarse de circunstancias un poco especiales, posiblemente la AEPD podría sancionar para el caso leve y sería entre 900 y 40.000 euros. Pero 900 euros de multa ya te "alegran" el día. Esperemos que a esta persona no le salga caro el mailing.


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